Casación No. 366-2015   

Sentencia del 19/01/2016

"... Los recurrentes al realizar su exposición para fundamentar el presente submotivo, se circunscriben a citar varios artículos del Código Civil, sin embargo, no presentan una tesis por cada uno de los artículos citados como violados, y por consiguiente, no explican con base en los presupuestos de su pronunciamiento, en qué ha consistido la violación por parte de la Sala sentenciadora, ni tampoco señalan la incidencia que la infracción, ya sea por omisión o contravención, tuvo en el resultado de la sentencia y cómo y porqué ésta debe cambiar.
Debido a lo anterior, se aprecia que en el presente caso el planteamiento en el submotivo que se analiza no está completo, para que pueda esta Cámara realizar el examen comparativo respectivo; y siendo que el recurso de casación es un medio de impugnación extraordinario que la doctrina aceptada le reconoce rigor técnico, el cual consiste en exigir que los recurrentes formulen sus planteamientos con un orden y una congruencia lógica que facilite la comprensión de las intenciones de los interesados y que tracen el marco sobre el cual el tribunal debe pronunciarse. Dada la naturaleza del mismo, no puede subsanarse de oficio las deficiencias u omisiones en que se incurra en el planteamiento de la tesis, razón por la cual se considera que el presente submotivo no puede prosperar y por ende el recurso debe ser desestimado..."